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Convalidaciones automáticas - Homologación de créditos - Otras convalidaciones |
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CONVALIDACIONES
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Por medio del mecanismo de las convalidaciones un alumno podrá obtener ciertos créditos de la diplomatura si ha aprobado determinadas asignaturas en otras titulaciones universitarias. Las convalidaciones pueden ser de tres tipos: |
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La solicitud de convalidaciones deberá presentarse en el momento de realizar la matrícula, aun cuando el alumno, por causas ajenas a su voluntad, no pueda presentar toda la documentación que debe acompañar a la solicitud. La mencionada documentación la podrá aportar posteriormente a requerimiento de la Secretaría. En ningún caso, se admitirán solicitudes de convalidaciones después de formalizada la matrícula. Es aconsejable, por tanto, que el alumno, al matricularse, solicite la convalidación de todos aquellos créditos que, a su juicio, sean susceptibles de convalidación por tener aprobadas asignaturas de otras carreras universitarias (nunca de niveles inferiores del sistema educativo) que cumplan los requisitos que se exponen a continuación.
Las convalidaciones automáticas son las que figuran en la tabla siguiente. Estas convalidaciones se concederán siempre, sin más requisitos que los siguientes: - Señalar en el impreso de matrícula, mediante la clave correspondiente, las asignaturas que se van a convalidar por este procedimiento. - Cumplimentar el apartado correspondiente a las convalidaciones automáticas del impreso “Convalidaciones” incluido en el sobre de matrícula. - Incluir en el sobre de matrícula certificación académica donde figuren, con calificación y fecha de la convocatoria en que se aprobaron, las asignaturas que se solicita convalidar. - Pagar el importe de la matrícula correspondiente a las citadas asignaturas (el precio por crédito es el 40% del correspondiente a las asignaturas no convalidadas). Si la asignatura aprobada en otra titulación universitaria no coincide exactamente con alguna de las recogidas en la tabla, la convalidación deberá solicitarse siguiendo el procedimiento recogido en el apartado “Otras convalidaciones”. De no hacerlo así, el solicitante perderá el derecho a la convalidación, puesto que la convalidación automática será denegada, y habrá dejado pasar el plazo para solicitar cualquier otro tipo de convalidación. En los casos de convalidación automática de una asignatura, el alumno podrá matricularse de sus asignaturas incompatibles. |
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TABLA DE CONVALIDACIONES AUTOMÁTICAS |
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El alumno que pretenda homologar asignaturas aprobadas en otras carreras universitarias como créditos de libre elección, además de los requisitos establecidos en el apartado “Conceptos generales” del Plan de Estudios, deberá cumplir los siguientes: - Cumplimentar el apartado correspondiente del impreso de matrícula, donde deberá consignar el nombre y los créditos de las asignaturas de otras carreras que pretende homologar. - Incluir en el sobre de matrícula: § Certificación académica donde figuren, con número de créditos, calificación y fecha de la convocatoria en que se aprobaron, las asignaturas cuya homologación se solicita. § Los programas cursados de dichas asignaturas, sellados por el centro o departamento correspondiente. - Pagar el importe de la matrícula correspondiente a los citados créditos: su precio es el 40% del correspondiente a los créditos no convalidados. La Comisión correspondiente decidirá sobre estas homologaciones en el mes de octubre. Si la homologación es denegada, el alumno podrá solicitar la devolución del importe de la matrícula correspondiente a dichos créditos, o cambiar dicha matrícula por alguna de las alternativas disponibles en el plazo de 5 días desde la fecha de la comunicación de la denegación.
Cualquier posible convalidación distinta de las dos anteriores, estará sujeta a las siguientes normas: - Señalar en el impreso de matrícula, mediante la clave correspondiente, las asignaturas del Plan de estudios que el alumno solicita convalidar. - Cumplimentar el apartado “Otras convalidaciones” del impreso “Convalidaciones” incluido en el sobre de matrícula. - Incluir en el sobre de matrícula: § Certificación académica donde figuren, con número de créditos, calificación y fecha de la convocatoria en que se aprobaron, las asignaturas cuya convalidación se solicita. § Los programas cursados de dichas asignaturas, sellados por el centro o departamento correspondiente. - Pagar el importe de la matrícula correspondiente a las citadas asignaturas (el precio por crédito es el 40% del correspondiente a las asignaturas no convalidadas). - Para que se produzca la convalidación, es necesario que el programa de la asignatura aprobada tenga una coincidencia con el de la asignatura a convalidar de, al menos, el 80% de los contenidos. - En ningún caso se convalidará una asignatura de esta carrera por otra cuyo número de créditos sea inferior. La Comisión de convalidaciones del Centro decidirá sobre estas solicitudes en el mes de octubre. Si la convalidación es denegada, el alumno deberá pagar el 60% restante de la matrícula correspondiente a la asignatura durante el período fijado para el pago del segundo plazo de la matrícula. Si la convalidación es concedida, el alumno podrá matricularse de las asignaturas incompatibles con la convalidada en el plazo de 5 días desde la fecha de comunicación de la concesión. |
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